¿Cómo identifica la ONCE a los clientes que compran boletos de forma presencial?
Como se ha indicado anteriormente, la identificación de los clientes del canal presencial no se produce en el momento de la compra, ya que ello resultaría muy complicado dada la operativa de venta y las dificultades que tendrían los vendedores de la ONCE para realizar dicho labor, sino en el momento del pago de los premios. Además, el procedimiento de identificación es diferente dependiendo de si el cliente es persona física o jurídica, del lugar de cobro elegido por éste y del importe del premio.
La ONCE únicamente tiene obligación de identificar a sus clientes cuando cobran premios iguales o superiores a 2.000 euros, sean cobrados por una única persona o por varias que los compartan.
No obstante, desde hace tiempo viene aplicando medidas que permiten la identificación también de agraciados que cobran premios por un importe inferior, siempre que los mismos se cobren en Centros de la ONCE.
Los vendedores pueden pagar premios por importe de hasta 500 euros. Teniendo en cuenta su cuantía y el escaso riesgo que suponen, estos premios se pueden abonar en efectivo y no precisan la identificación del agraciado por parte de los vendedores de la ONCE.
Los clientes pueden solicitar el pago de los premios en las Delegaciones Territoriales, Direcciones de Zona y de Apoyo y Agencias de la ONCE, y en entidades colaboradoras con las que la ONCE tenga suscrito un acuerdo en tal sentido. El procedimiento de pago y de identificación de clientes es distinto, dependiendo de la cuantía del premio y de si el agraciado es persona física o jurídica.

A. Premios hasta 500 euros.
Los premios de hasta 500 euros se pueden abonar en metálico o mediante transferencia bancaria, a elección del agraciado:
B. Premios superiores a 500 euros.
Los premios superiores a 500 euros pero inferiores a 2.000 euros siempre se pagan mediante transferencia, por lo que los beneficiarios también están identificados. En estos casos, el procedimiento es distinto dependiendo si el portador del boleto actúa en nombre propio o en nombre de un tercero.
En el primer caso, el agraciado debe presentar a la ONCE el boleto premiado, su documento de identificación (NIF, NIE, pasaporte, tarjeta de residencia etc.) con objeto de disponer de sus datos y de hacer una fotocopia del documento.
Asimismo, el portador debe aportar justificante de los datos de su C.C.C. (código cuenta cliente) a la que cursarle la correspondiente transferencia bancaria.
En el caso de actuar en nombre de otro, además de la anterior documentación, el portador debe acreditarse como persona autorizada o representante del beneficiario, mediante la presentación de una autorización por escrito del representado o de un poder notarial y, además, debe presentar su documento de identificación personal y copia del documento de identificación de la persona o personas representadas.
De este modo la ONCE identifica tanto al agraciado o agraciados como a las personas que actúen en su nombre.
La ONCE tiene que emitir la transferencia a nombre de cada uno de los agraciados y a la cuenta o cuentas que aquéllos designen.
C. Premios iguales o superiores a 2.000 euros.
Cuando el premio es igual o superior a 2.000 euros son más las comprobaciones que tiene que realizar la ONCE, ya que ha de verificar (i) la identidad y mayoría de edad del participante mediante consulta al Sistema de Verificación de Participantes de la DGOJ, (ii) que no está inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, (iii) que no está inscrito en el Registro de personas físicas vinculadas a la ONCE en materia de juego, y (iv) que no figura en las listas de personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas de la UE.
En caso de personas físicas no residentes en España cuya identidad y mayoría de edad no se pueda verificar mediante consulta al Sistema de Verificación de Identidad de Participantes, la ONCE deberá comprobar estos extremos por medio del pasaporte, documento de identificación de su país de origen, tarjeta de residencia, o cualquier otro medio admitido en derecho.
En caso de premios de titularidad compartida, la ONCE debe realizar las anteriores verificaciones para cada uno de los agraciados.
